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LEY DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE: CREA LA PARTICIPACIÓN EN EL INCREMENTO DEL VALOR DEL SUELO

El día 25 de julio de 2021, se publicó la Ley N° 31313 Ley De Desarrollo Urbano Sostenible, que contiene diversas disposiciones destinadas a regular el acondicionamiento territorial, la planificación urbana y el desarrollo urbano sostenible, en armonía con el bien común y el interés general.

Esta norma incentiva la construcción de obras de desarrollo urbano a cargo de los gobiernos locales, cuyo financiamiento no provendrá del tesoro público, sino de los particulares (propietarios del suelo), mediante la implementación de Instrumentos de Financiamiento Urbano - IFU.

Los IFU se encuentran definidos por el artículo 52° de la Ley como los instrumentos destinados a financiar el desarrollo urbano sostenible de las ciudades y centros poblados, con parte o la totalidad del mayor valor comercial del suelo que resulte de las actuaciones e intervenciones hechas total o parcialmente por el Estado.

Entre los IFU se encuentran:

(i)                  La Participación en el Incremento del Valor del Suelo

(ii)                Los Derechos Adicionales de Edificación Transferibles

(iii)              Las Bonificaciones por Finalidades de Interés Público

(iv)              La Compensación de Potencial Edificatorio

(v)                Los Tributos