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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y DESNATURALIZACIÓN

Un contrato de locación de servicios implica un acuerdo entre dos partes: el locador de servicios y el locatario, en el cual el locador se compromete a realizar una actividad o proveer un servicio específico al locatario a cambio de una compensación económica. A diferencia de un contrato laboral, en el que existe una relación de subordinación, en el contrato de locación de servicios el locador conserva mayor autonomía y libertad para llevar a cabo su trabajo, asumiendo la responsabilidad de sus acciones y organizando su propio horario y métodos de trabajo.


En un contrato de locación, es posible identificar diferentes señales que indican la existencia de subordinación, que es un elemento esencial del contrato de trabajo, lo cual puede desnaturalizar el contrato de locación y llevar a considerarlo como una relación laboral de carácter permanente. Estas señales son:


1. El estado de sujeción del trabajador al poder de dirección del empleador implica que este último tiene la capacidad de dirigir y supervisar las labores del trabajador.

2. Se analiza la periodicidad y continuidad del pago como contraprestación por los servicios del trabajado.

3. Horario de trabajo establecido de manera constante.

4.Cuando el empleador suministra al trabajador los equipos o herramientas necesarios para llevar a cabo sus tareas (como una computadora portátil, un teléfono móvil, una cuenta de correo electrónico corporativa, entre otros), esto puede ser considerado como una evidencia sólida de desnaturalización del contrato de trabajo.


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-Conoce más del contrato de locación en estos enlaces: DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOSCONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS