ElMinisterio de Economía y Finanzas, modificó el reglamento operativo del programa Reactiva Perú, estableciendo criterios para permitir la reprogramación de créditos. Mediante Resolución ministerial Nº 119-2021-EF/15, se precisan los requisitos que se deberán cumplir para acceder a la reprogramación de créditos, los criterios para definir la comisión por las reprogramaciones y el plazo de las mismas.
Para solicitar lareprogramación de créditos, las empresas deberán cumplir con lo siguiente:
· Contar con préstamos de hasta S/ 90 000,00 en total.
· Para el caso de préstamos de entre S/ 90 001,00 hasta S/ 750000,00 en total, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 10% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior.
· Parael caso de préstamos de entre S/ 750 001,00 hasta S/ 5 000 000,00 en total, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior.
Asimismo,
Será responsabilidadde las Empresas del Sistema Financiero evaluar y aprobar las reprogramaciones que se realicen en el marco del Decreto de Urgencia Nº 026-2021.
La garantía de lospréstamos se mantiene vigente hasta que la entidad cancele el capital original e intereses de las operaciones realizadas con el Banco Central de Reserva.
El acogimiento a lareprogramación de los créditos de Reactiva Perú no genera deterioro de la calificación crediticia de las empresas deudoras al momento de la reprogramación.