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Trabajadores que realizan tareas durante tiempo de desconexión digital recibirán pago de horas extras.

El Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, aprobó incorporar el artículo 9-A al Decreto Supremo Nº 010-2020-TR, cuyo objetivo es prevenir casos de abusos y garantizar el descanso laboral de los trabajadores, así como la salud mental de los mismos.

 

Mediante DecretoSupremo N° 004-2021-TR se establece que el trabajador tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, como internet, telefonía, entre otros, utilizados para la realización de sus labores, y el empleador no podrá exigir al trabajador realizar ninguna tarea laboral durante ese tiempo de desconexión. Asimismo, el tiempo de desconexión digital para los trabajadores debe ser de, al menos, 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.


Solo será posible que el trabajador realice alguna tarea siexistió previamente un acuerdo con el empleador, este tiempo se considerará trabajo en sobretiempo, y se paga o compensa con descanso sustitutorio según lo dispuesto en el referido Decreto Legislativo Nº 854.


Se consideran comotiempo de desconexión digital los días de descanso semanal, días feriados, días de descanso vacacional, días de licencia y demás periodos de suspensión de la relación laboral.